El alunicero del Coso Bajo de Huesca ingresa en prisión sin fianza

El juez del número 3 le atribuye delitos de robo con fuerza en establecimiento público y robo del vehículo con el que destrozó el escaparate de Mundo Móvil

28 de Marzo de 2024
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Un alucinante alunizaje en una tienda de móviles del Coso Bajo de Huesca con el autor ya detenido

El titular del Juzgado número 3 de Huesca ha decretado prisión provisional comunicada y sin fianza para el autor del alunizaje perpetrado la madrugada del sábado 23 de marzo en una tienda de móviles, que fue detenido de manera inmediata ya que una patrulla de la Policía Local le pilló in fraganti en el momento en el que estaba sustrayendo material e introduciéndolo en el vehículo utilizado que, por cierto, había sido robado.

El magistrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3, Jorge Zapatero, ha emitido un auto en el que señala que se atribuye al investigado la comisión de hechos que "serían constitutivos de un delito de robo con fuerza en establecimiento abierto al público fuera de los horarios de apertura", además de otro de "robo de uso de vehículo", el primero castigado con hasta 5 años de prisión.

Atendiendo al atestado, afirma el magistrado que existen indicios racionales de que el investigado "habría sustraído mediante la fractura de la ventanilla el vehículo Citroen, modelo ZX de color blanco matricula , propiedad de D. J.L.L.F que se encontraba depositado en el taller llamado Euro Taller, sito en la calle Minería de la ciudad de Huesca, para posteriormente dirigirse con el mencionado vehículo al establecimiento comercial TIENDA MUNDO MÓVIL, sito en la Calle Coso Bajo 69 de Huesca, donde habría empotrado el vehículo contra el cristal de la entrada y tras bajarse del mismo, habría tratado de sustraer numerosos artículos, siendo en ese momento detenido por agentes de la fuerza pública".

El investigado, añade el auto del juez, "fue detenido en el interior del establecimiento mientras intentaba sustraer los referidos artículos, por lo que los indicios sobre su participación en los hechos investigados son claros. Asimismo, se puede ver al mismo en las imágenes aportadas cometiendo los hechos por los que se le investiga".

Para comprender la entrada en prisión, abunda el magistrado en que "se trata de evitar el evidente riesgo de reiteración delictiva que concurre en el investigado", al que ya consta una condena por sentencia firme del Juzgado de lo Penal número 2 por la comisión de un delito de robo con fuerza y de robo con violencia o intimidación que fue dicatada el 30 de mayo de 2023, al igual que otra por delito de lesiones agravadas de 29 de junio de 2023. Ninguna de las dos condenas "ha impedido que el ahora investigado vuelva a delinquir. "Considero que, en caso de no adoptarse la prisión provisional, el riesgo de reiteración delictiva es muy elevado".

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Escena del delito

Igualmente, no descarga el firmante del auto el riesgo de fuga. "Si bien es cierto que el investigado es nacional español, debe tenerse en cuenta que el mismo tiene actualmente diversas penas de prisión suspendidas, que muy probablemente, en caso de recaer una nueva condena, podrían ser revocadas. Si a ello se le añade las altas penas a las que se expone en este procedimiento, de hasta 5 años de prisión como ya se ha indicado, no puede descartarse el riesgo de que el investigado trate de sustraerse de la acción de la justicia".

Por tanto, se aferra al artículo 502 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que significa que la prisión provisional se adoptará cuando "objetivamente sea necesaria y cuando no existan otras medidas menos gravosas para el derecho a la libertad a través de las cuales puedan alcanzarse los mismos fines que con la prisión provisional".

A pesar de las medidas propuestas por el letrado del investigado para minimizar el riesgo de reiteración delicitva, por lo que el juez acuerda la "prisión provisional comunicada y sin fianza del detenido", que responde a las iniciales D.H.S.A. "El hecho de tener trabajo (más o menos estable) y vivir con sus padres, no ha impedido que el investigado haya sido ya condenado por los delitos antes mencionados ni habría impedido su participación en los hechos que ahora se le atribuyen".

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