La Plaza número 1 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia ha condenado como autor responsable de un delito de estafa tipificado en el artículo 248 CP, sin concurrir, a la pena de 6 meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo además del pago de 10.000 euros a una empresa de Jaca por la acción de uno de sus trabajadores en La Tasca de Ana de la capital jacetana que no dejó el número de barriles de cerveza correspondiente al pedido que, sin embargo, se facturó íntegro.
La sentencia, dictada el 19 de marzo en el procedimiento abreviado nº 91/2025, responde al proceso judicial incoado por la denuncia a un empresario de Jaca para el que la acusación pidió un delito de estafa cometido contra La Tasca de Ana S.L., a la sazón uno de los establecimientos más reputados en Jaca por su excelente oferta gastronómica.
La resolución judicial declara probado que el acusado, trabajador de una empresa proveedora de bebidas que mantenía relación comercial con el establecimiento desde el año 1985, facturó a La Tasca de Ana un número superior de barriles de cerveza Mahou respecto de los realmente entregados, lo que generó un perjuicio económico para la sociedad.
La sentencia firmada por la juez Blanca Rodríguez Dieste considera que dichos hechos constituyen un delito de estafa tipificado en el artículo 248 del Código Penal, por lo que condena al acusado como autor responsable del mismo a una pena de seis meses de prisión, así como la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
La resolución, que es firme, establece que el condenado deberá indemnizar a La Tasca de Ana S.L. en la cantidad de 10.000 euros, más los intereses legales correspondientes, en concepto de responsabilidad civil derivada del delito, para cuyo abono dicta el fraccionamiento del pago en 5 mensualidades, a razón de 2.000 euros cada uno, siendo el primer pago el día 1 de abril de 2026 y el último el 1 de agosto de 2026.
La juez también acuerda el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena de prisión de 6 meses, por tiempo de 2 años, "condicionándose la suspensión a que el penado no delinca durante dicho periodo de dos años, así como a que dé cumplimiento al compromiso de abonar la responsabilidad civil a la que ha sido condenado en el plazo de 5 mensualidades".
Desde La Tasca de Ana S.L. se quiere trasladar que la resolución judicial confirma los hechos denunciados y pone fin a un procedimiento iniciado con el objetivo de defender los legítimos intereses de la empresa y restablecer el perjuicio económico y moral sufrido. Finalmente, la sociedad agradece el apoyo recibido durante el tiempo que ha durado el proceso, a compañeros del sector, proveedores, familiares y amigos.