El Magistrado titular del Juzgado de Instrucción Nº47 de Madrid, inadmite la denuncia de Iñigo Errejón contra Elisa Mouliáa por presunto delito contra la administración de justicia, al considerar que ninguna de las acciones de la víctima denunciante condicionó de ninguna manera a los testigos que han declarado hasta la fecha en la instrucción, siendo inocua y atípica.
De esta forma el auto, acoge la argumentación jurídica expuesta por la Acusación Popular dirigida por el letrado Jorge Piedrafita que en un extenso escrito bloqueó este ataque contra la víctima por parte del denunciante, justo después de ratificarse los informes periciales que avalan la veracidad de la versión en la víctima y puso de manifiesto las inconsistencia, incoherencias e insostenibilidades objetivas en el relato del denunciado en cuya declaración tiene todo el derecho a mentir.
"Desde la acusación popular se seguirá trabajando, solicitando la práctica de la pericial forense por parte de esta acusación", comenta Piedrafita, así coma la del psiquiatra forense para reforzar la ya apuntalada versión inculpatoria de la víctima, para que Errejón acabe en el banquillo tras una instrucción bien apuntalada por medio de prueba.