El Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Huesca ha procedido a la investigación de dos personas como supuestas autoras de un delito contra la seguridad vial, al conducir una de ellas un vehículo sin haber obtenido nunca la autorización administrativa que le habilita y la otra por cooperador necesario, en el término municipal de Altorricón.
La madrugada del pasado día 8 de marzo, la patrulla del Puesto de la Guardia Civil de Tamarite de Litera, dio el alto a un vehículo que circulaba con anomalías técnicas en el sistema de alumbrado. Los agentes realizaban servicio de vigilancia en un camino vecinal de Altorricón,. Tras darle el alto, procedieron a la identificación de su conductora, que no portaba documentación alguna, por lo que se efectuaron gestiones complementarias para la averiguación de su identidad. Como resultado, se pudo determinar que la conductora no había obtenido nunca la autorización administrativa para conducir vehículos a motor.
Los hechos fueron puestos en conocimiento del GIAT del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Huesca, que asumió la dirección técnica de la investigación. En el transcurso de las indagaciones, los agentes pudieron constatar que la conductora venía utilizando el vehículo de forma habitual sin habilitación legal, con el consentimiento expreso de su cónyuge, que es el titular del turismo y quien tenía pleno conocimiento de la persona que hacía uso del mismo.
Finalmente, el pasado 25 de marzo, el GIAT procedió a la investigación de dos personas como supuestas autoras de un delito contra la seguridad vial, una de ellas por conducir un vehículo a motor sin haber obtenido nunca permiso de conducción y la otra por su participación en calidad de cooperador necesario, al haber facilitado de manera consciente el uso del vehículo en condiciones ilícitas, se trata de un hombre y una mujer de 60 y 55 años, vecinos de La Litera.
El GIAT del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Huesca instruyó las correspondientes diligencias que fueron remitidas a la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia número 1 de Monzón, que determinó que han los investigados han de personarse ante la Autoridad Judicial cuando ésta lo estime conveniente
La figura del cooperador necesario, recogida en el artículo 28 del Código Penal, pone de manifiesto que no solo responde ante la ley quien comete directamente el delito, sino también quien lo hace posible. Las penas para el cooperador necesario son las mismas que recibe el autor del delito, que podrían ser de prisión de 3 a 6 meses o multa de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. En casos como este, prestar un vehículo a una persona sin permiso de conducir no es un hecho sin importancia, sino una conducta que contribuye a generar un riesgo en la carretera y que, por tanto, también tiene consecuencias penales.