Ordenación del Territorio de la DGA, contra el interés general de la unión por Canal Roya

El Consejo de Gobierno será el que resuelva esta discrepancia entre este departamento y Economía

DH
16 de Marzo de 2023
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La Federación Española de Montaña pide que se analice la figura de protección ambiental para Anayet-Patacua.
La Federación Española de Montaña pide que se analice la figura de protección ambiental para Anayet-Patacua.

Cuatro argumentos son esgrimidos por la Dirección General del Territorio del Gobierno de Aragón para emitir un informe negativo respecto al interés general del Proyecto de Unión de los Valles de Tena y del Aragón mediante una infraestructura de transporte por cable entre las estaciones de Formigal y Astún que atravesaría Canal Roya.

El primero, "el impacto severo que el proyecto tendría sobre el paisaje, como reconoce la documentación presentada por la mercantil impulsora".

En segundo lugar, la Dirección General aduce que "la decisión de destinar a la Unión de los Valles de Tena y del Aragón prácticamente todos los fondos del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino no es equilibrada desde el punto de vista territorial, ya que no impacta positivamente en el conjunto de Aragón".

La decisión, además, sería cuestionable en relación a varios Objetivos de Desarrollo Sostenible, como el 12 de Producción y Consumo Responsable, el 15 de Vida de Ecosistemas Terrestres y el 13 de Acción por el clima.

El cuarto punto afirma que "las previsiones organizativas para la gestión del PIGA no son conformes con la normativa de aplicación. El informe emitido por la Dirección General de Transportes concluye que el artículo 25 del Reglamento sobre Concesión de Teleféricos (Decreto 673/1966) establece que no podrán autorizarse transferencias de las concesiones otorgadas hasta pasados cinco años desde la fecha del acta de puesta en servicio de la instalación, lo que obligaría al titular inicial de la concesión, esto es la Diputación Provincial de Huesca, a explotar la instalación al menos durante ese periodo temporal".

El informe de Ordenación del Territorio sobre el posible interés general señala que, "una vez ponderados los argumentos expuestos por la mercantil impulsora, puede concluirse que en la actuación pretendida no concurre interés general de Aragón ya que, además del impacto severo que tendría sobre el paisaje -argumento suficiente per se-, no puede considerarse equilibrada desde el punto de vista territorial tal y como se define en la EOTA (actuaciones para mejorar los factores territoriales del desarrollo equivalente en todo el territorio), ya que la decisión de destinar gran parte de la Convocatoria Extraordinaria 2022 del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino descarta proyectos más distribuidos y más vertebradores que impacten positivamente en el conjunto de Aragón".

En todo caso, la Dirección General es consciente de que el artículo 7 bis del Decreto Ley 1/2008 indica que, en caso de que haya discrepancia entre este departamento y el de Economía sobre la procedencia del interés genereal de Aragón, el titular del Departamento promotor (esto es, Economía) podrá requerir motivadamente su resolución al Gobierno de Aragón de modo que será el Consejo de Gobierno el que "tome una decisión sobre el interés general del Proyecto de Unión de los valles de Tena y del Aragón mediante una infraestructura de transporte por cable".

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