El juzgado perdona a un fruticultor oscense la deuda de 424.656,77 euros agravada por el veto ruso de 2014

El número 3 de Huesca exonera del pago del pasivo consecuencia de malas campañas, inversiones y la decisión rusa

DH
24 de Noviembre de 2025
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Palacio Justicia de Huesca
Palacio Justicia de Huesca

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Huesca ha perdonado una deuda de 424.656,77 euros a un fruticultor oscense inmerso en una situación de insolvencia tras el veto ruso de 2014, que se sumaba a varias malas campañas, la bajada de precios y unas inversiones realizadas para salvar su negocio.

El juez ha concedido la exoneración del pasivo insatisfecho al fruticultor, cliente de Bergadà Abogados, boutique legal especializada en Derecho concursal y de ámbito nacional, gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, igual que sucedió hace tres años con su mujer que también fue exonerada y se concursó la empresa que él administraba.

El magistrado Jorge Zapatero dicta que "se acuerda la concesión de la EXONERACION DEL PASIVO INSATISFECHO de la concursada, en los términos y con las condiciones previstas en los artículos 486 y siguientes del TRLC. En consecuencia , se concede a D. XXXXX XXXXX XXXXX, la exoneración general y DEFINITIVA del pasivo insatisfecho, quedando a salvo los derechos de los acreedores frente a los obligados solidariamente con los concursados y frente a sus fiadores o avalistas, aseguradores, hipotecante no deudor o quienes, por disposición legal o contractual, tengan obligación de satisfacer todo o parte de la deuda exonerada, quienes no podrán invocar el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho obtenido por los concursados ni subrogarse por el pago posterior a la liquidación en los derechos que el acreedor tuviese contra aquellos, salvo que se revocase la exoneración concedida".

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La exoneración alcanza a todos los créditos no pagados. "El pasivo no satisfecho se debe considerar extinguido, sin perjuicio del régimen de revocación previsto en el art. 493 TRLC. Los acreedores cuyos créditos se extingan por razón de la exoneración no podrán ejercer ningún tipo de acción frente el deudor para su cobro, salvo la de solicitar la revocación de la exoneración".

Finalmente, en la parte dispositiva también decreta el cese de la Administración concursal y el archivo de las actuaciones. De hecho, ha solicitado la Administración Concursal la conclusión del concurso al estar liquidados todos los bienes del concursado.

Cuando el gobierno ruso prohibió la importación de frutas y hortalizas a todos los Estados miembros de la Unión Europea en 2014, “aquella situación nos afectó de manera directa”, recuerda el agricultor, que acusaba ya varias campañas malas y la continua bajada de precios que sufrieron los productores de fruta.

El afectado había realizado inversiones vinculadas a la fruticultura, con el objetivo de lograr tener una nueva fuente de ingresos. Para ello, constituyó una sociedad junto a su mujer de la que él era el administrador único y pudo acceder a unas ayudas para inversiones. Sin embargo, “habíamos hecho un desembolso de dinero muy grande, y como las campañas de la fruta tampoco fueron como esperábamos, cuando cumplieron los plazos para devolver dichas ayudas fue imposible y todo se fue al traste”.

La abogada que ha llevado el caso y socia fundadora de Bergadà Abogados, Marta Bergadà, explica que “las coyunturas internacionales relacionadas con la agricultura, como fue el caso del veto ruso, afectan de manera directa a la agricultora española. Además, las adversidades climatológicas empeoran todavía más la situación. Este es un claro ejemplo de cómo un hombre trabajador se vio abocado a una insolvencia que sólo podía revolverse con una herramienta legal como la Ley de la Segunda Oportunidad”.

En esta situación, se vio completamente sobreendeudado y en una situación muy compleja. Además, las llamadas de las empresas de recobro de deudas y de las entidades bancarias reclamando se fueron intensificando, convirtiéndose en un auténtico acoso. Marta Bergadà recuerda que “esta táctica busca presionar al deudor para que pague, sin considerar su situación financiera o el bienestar emocional. Sin embargo, es crucial que los consumidores sepan que tienen derechos que protegen su privacidad y dignidad”. Por este motivo, “siempre estamos al lado de nuestros clientes, como fue el caso, para gestionar de la mejor manera posible esos momentos”.

El giro en su situación llegó hace tres años, cuando leyó en la prensa que Bergadà Abogados había logrado que se perdonara una deuda a una persona gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad. “Me puse a indagar en Internet y, rápidamente, llamé a Marta Bergadà y a su equipo para exponer mi caso, saber los requisitos que establecía la ley y si tenía posibilidades de acogerme a ella”, comenta el hombre.

Marta Bergadà explica que “con la documentación aportada nos pusimos a trabajar de inmediato y confirmamos que se trataba de un deudor de buena fe. No obstante, estábamos ante un caso de gran complejidad, ya que su mujer también estaba afectada por las deudas y avalaban deudas de su sociedad, que también se encontraba en estado de insolvencia por los mismos motivos. Así pues, diseñamos una estrategia acorde a las circunstancias con el único objetivo de conseguir el éxito”.

De este modo, primero se logró que la mujer fuera exonerada del pasivo insatisfecho y que se liquidara mediante un concurso de acreedores la empresa. No obstante, y en paralelo, también se estuvo trabajando en el caso del hombre. “Han sido tres años muy largos, ya que tenía una espada de Damocles encima que no sabía cómo acabaría. Aunque primero se resolvió lo de mi mujer y la sociedad, faltaba solventar mi situación, que era lo más difícil y complejo, al ser el administrador y contar con patrimonio”, asegura el cliente de Bergadà Abogados. Incluso, indica que “eso te deja unas secuelas, porque tienes pensamientos de incertidumbre sobre qué pasará día y noche”.

La buena noticia se produjo recientemente, cuando el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Huesca le perdonaba al fruticultor oscense una deuda 424.656,77 euros. “Cuando me llamaron de Bergadà Abogados para decirme que el juez había emitido el auto con mi exoneración del pasivo insatisfecho sentí una alegría muy grande. Después de tanto tiempo de sufrimiento no me lo acababa de creer”. “Ahora el futuro se ve de otra manera, con una vida más tranquila”, concluye el fruticultor

Finalmente, Marta Bergadà argumenta que, “una vez más, queda demostrado que las adversidades y las decisiones políticas, incluso las internacionales, pueden afectar de manera directa a los trabajadores y emprendedores. Pero en este caso quedó demostrado que las publicaciones en prensa de casos de éxito de la Ley de la Segunda Oportunidad pueden ayudar a aquellos deudores de buena fe que están abrumados por las deudas y no saben cómo salir adelante. Es muy importante seguir dando cobertura a dicha ley para ayudar a muchas más personas”.

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