El Huesca recurre la última pieza separada de Oikos y califica la investigación de "bochornosa" que da lugar a "situaciones grotescas"

Enfado en la SD por una acusasción "ridícula" que denota "la falta de calidad técnica y conocimiento de la investigación"

09 de Septiembre de 2022
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El Alcoraz y, coronándolo, el cerro de San Jorge. El peritaje sobre las facturas, innecesario para las Defensas de Oikos
El Alcoraz y, coronándolo, el cerro de San Jorge. El peritaje sobre las facturas, innecesario para las Defensas de Oikos

La Sociedad Deportiva Huesca ha presentado un recurso ante el Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Provincial por el que reclama la retirada de la pieza separada, con un duro texto en el que los abogados del club piden que se acabe con una "investigación bochornosa" que da lugar a "situaciones grotescas" y que, asimismo, se reconduzcan al "rigor y la averiguación". Denuncia la "falta de calidad técnica y conocimiento de quien ha hecho la investigación de este procedimiento"

El recurso recuerda que, con fecha 8 de septiembre de 2022, ha sido notificado el Auto de fecha 6 de septiembre de 2022, por el cual se acuerda "abrir una pieza separada, por si los hechos recogidos en el oficio 3138/22, de fecha 18/07/22 de la UDEF-BLA-CENTRAL pudieran tener relevancia jurídico penal; y en cualquier caso, para cumplir con la obligación legal de dar cuenta a la Administración tributaria de datos e informaciones obtenidas en las actuaciones judiciales con trascendencia tributaria". La Sociedad Deportiva Huesca considera que el auto "no es ajustado a derecho", e interpone recurso de reforma y subsidiario de apelación.

El motivo "único" de este recurso consiste en que "el auto basa su decisión de abrir pieza separada en el Oficio de la UDEF de fecha 18 de julio de 2022, señalando su S.Sª que nos encontramos ante un descubrimiento casual, en cuanto a un hecho ilícito que no guarda relación directa con el 2 objeto del procedimiento, pero que ha surgido como consecuencia de las diligencias de investigación acordadas, pudiendo tener relevancia jurídico penal. Esta aseveración que practica el instructor, y la conclusión que alcanza el órgano investigador, la UDEF, quien sostiene que la SD Huesca ha podido incurrir en un ilícito, nada más y nada menos que de relevancia penal, en sus declaraciones tributarais y/o contables de los ejercicios 2019, 2020 y 2021 no declarando un montante de 1.4778.255,73 euros de sus relaciones comerciales con Pryobras, sólo puede ser calificada de ridícula, y que no viene sino ratificar la falta de calidad técnica y conocimiento de quien ha realizado la investigación de este procedimiento. Es infame y esta defensa empieza a estar cansada de relatos espurios, malintencionados y simplistas de quien, bajo el amparo del ejercicio de la investigación, se aventura, de formal simplista y a la altura del mejor de los bodoques que cualquiera podamos conocer, a alentar a S.Sª con un relato que le permite generar la apertura de una pieza separada como la presente por un posible delito fiscal. No sabe esta defensa quien ostenta más culpa, si quien despacha semejante idea carente de análisis que la avale y bajo el soporte de que el papel lo aguanta todo, o quien se alinea con la misma y se atreve a abrir una pieza separada tan disparatada como la presente, y carente del más mínimo rigor".

"Es infame y esta defensa empieza a estar cansada de relatos espurios, malintencionados y simplistas de quien, bajo el amparo del ejercicio de la investigación, se aventura, de formal simplista y a la altura del mejor de los bodoques que cualquiera podamos conocer"

"Sólo en una instrucción tan ignominiosa como la presente puede plantearse que una sociedad anónima, auditada y sujeta a relación con la AEAT como gran empresa, no declare sus relaciones comerciales con sus proveedores para eludir, como se dice en este caso, nada más y nada menos que casi más de un millón y medio de euros". Agrega que la explicación es sencilla, y no requeriría de la justificación que ahora se realiza, "si la UDEF hubiera hecho un mínimo ejercicio de investigación o análisis antes de emitir su oficio. En atención a lo anterior y de forma muy esquemática y clara para que resulte fácilmente comprensible para el instructor, e ilustrativo para el Inspector Jefe del Grupo nº 26 de la UDEF-BLA-CENTRAL, si tiene oportunidad de leerlo, diremos". A partir de ahí añade cuatro puntos.

El primero, que la SD Huesca está considerada por la Agencia Tributaria como "gran empresa y por tanto está dada de alta desde el 1 de enero de 2017 al Suministro Inmediato de Información (SII) a la Agencia Tributaria. Esta situación obliga a comunicar todas las facturas emitidas y recibidas por la sociedad y al mismo tiempo exonera de la presentación de declaraciones de operaciones con terceras personas". En segundo lugar, que "ha presentado en este Juzgado, y así lo hubiera hecho también, si se le hubieran requerido los ejercicios 2019, 2020 y 2021, todas las facturas recibidas desde Pryobra 2010 SL (en calidad de proveedor) solicitadas en cada uno de los requerimientos habidos y que abarcaban los años 2017 y 2018". 

Tercero, que "no han sido requeridas en ningún momento facturas de Pryobra 2010 SL (en calidad de proveedor) de los años 2019, 2020 y 2021. Que todas las facturas de los años 2019, 2020 y 2021 en relación con Pryobra 2010 SL tanto en calidad de proveedor como de cliente han sido comunicadas a través del Suministro Inmediato de Información y por tanto declaradas".

En cuarto lugar, "que el importe declarado por la SD Huesca SAD en el año 2019 como compras declaradas de Pryobra 2010 ante la Agencia Tributaria (a través del Suministro Inmediato de Información) asciende a un total de 1.545.158,26 euros", lo que se acredita con el documento de declaración de facturas ante la Agencia Tributaria de las compras declaradas de Pryobra en el año 2019, en el que se puede comprobar el día y hora de la comunicación a la Agencia Tributaria de cada una de las facturas.

También adjunta para acreditar la declaración de facturas ante la Agencia Tributaria de las compras declaradas de Pryobra en 2019, 2020 y 2021. "El total de las compras declaradas por la Sociedad Deportiva Huesca relativas a las relaciones comerciales con Pryobra 2010 S.L. durante los años 2019, 2020 y 2021 asciende a 1.660.977,02 euros: el mismo importe que el declarado por Pryobra 2010 según refleja el oficio. Que el total de las ventas declaradas por la Sociedad Deportiva Huesca relativas a las relaciones comerciales con Pryobra 2010 S.L. durante los años 2019, 2020 y 2021 asciende a 34.109,25 euros: el mismo importe que el declarado por Pryobra 2010 según refleja el oficio". El recurso refleja las ventas (26.849,25 en 2019 y 3.630 tanto en 2020 como en 2021) y las compras (1.545.158, 103.687 y 12.130 respectivamente en los tres años).

Estima la SD Huesca que todas estas circunstancias "que perfectamente hubiera podido conocer la UDEF de habérselo interesado a la AEAT", por lo que "rogamos a este instrucción que por el respeto que ésta y el resto de representaciones le profesamos, deje de hacerse eco de lo que sólo puede calificarse como una investigación bochornosa y que hasta la fecha, nada más le ha generado que, situaciones grotescas y absolutamente alejadas de lo que debería dotarse a la instrucción, que es de rigor y averiguación, así como de un inadmisible derroche de recursos y gastos por parte de la Administración".

Con este argumentario, pide que admita el escrito y tenga interpuesto en tiempo y forma Recurso de Reforma y Subsidiario de Apelación "contra el Auto de fecha 1 de septiembre de 2022, por el cual este Juzgado acuerda la apertura de una pieza separada, a fin de que se acuerde dejarlo sin efecto, decretando el archivo de la misma".

"En el hipotético caso de mantenerse el auto recurrido solicitamos que se tenga por interpuesto recurso de apelación contra el Auto que deniegue la Reforma interesada". 

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