El Atlético Monzón presentó una denuncia en relación a una posible alineación indebida del jugador del Cuarte Guillermo Delgado Rodríguez por haber sido sancionado dicho jugador con un partido de suspensión y no haber cumplido la sanción en el momento de disputarse el partido en cuestión.
Según apunta el Juez Único de Competición, ciertamente, dicho jugador fue sancionado con un partido de suspensión mediante resulución del órgano disciplinario competente de fecha 28 de abril de 2026, como consecuencia de una infracción cometido en el partido que disputó el equipo de Primera Autonómica juvenil de Fútbol Sala, del Club EMD Cadrete el pasado 23 de abril. El jugador simultanea su licencia de fútbol con otra licencia de fútbol sala, adscrito a este club.
El Monzón alega que el jugador no podía ser alineado en ninguna competición hasta que no hubiera cumplido su sanción en la que le fue impuesta.
Según consta en los registros de la Real Federación, el equipo con el que el jugador fue sancionado disputó un partido contra el Club Compañía de María el día 9 de mayo de 2026, sin que Guillermo Delgado Rodríguez fuera alineado en el mismo.
El jugador fue sancionado en competición propia de esta Real Federación con arreglo al Código Disciplinario de la RFAF y, conforme al artículo 56 del citado cuerpo normativo, dicho partido le supuso el cumplimiento de la sanción que pesaba sobre el mismo.
En consecuencia, a todos los efectos, el 10 de mayo de 2026, fecha en que se disputó el partido a que se refiere la denuncia, el jugador había ya cumplido la sanción impuesta.
De esta manera, el juez añade que el jugador "cumplía con todos los requisitos reglamentarios de la normativa RFEF para ser alineado en el partido Atlético Monzón - Cuarte de Tercera División". En consecuencia, se desestima la reclamación interpuesta por el Atlético Monzón.
En el documento adjunto puedes ver la resolución completa.