Antonio Campos

La paja en el ojo ajeno

Licenciado en Económicas. Diplomado en Humanidades por el IESE
29 de Junio de 2022
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En esta España convulsa, política y económicamente, en la que es muy probable a corto plazo -estoy seguro- el “rescate” financiero de nuestra economía por parte de la Unión Europea, que no se puede permitir el default de un país como el nuestro, enmascarado en algún sinónimo que pueda “venderse” políticamente como ayuda o compra por parte del BCE de más deuda española impagable, pero que se hará efectivo mediante recortes de todo tipo a la población que más ha aportado social y dinerariamente al erario y a la consolidación de la democracia, un grupo de oscenses, locos iluminados de luz, fundan y aparecen en los medios de comunicación nacional, hoy día veinte de julio de 2022, aniversario de la llegada del hombre a la Luna, “Un pequeño paso para un hombre y un gran salto para la humanidad”, con un diario en internet bajo el nombre de EL DIARIO DE HUESCA, en un momento que es más difícil y comprometido escribir libremente que en los ya olvidados para todos, salvo para quienes siembran de nuevo el odio entre españoles, que en la última etapa franquista.

Yo, que desde que empecé a emborronar folios me considero pretendidamente independiente, ideológica y socialmente, con la libertad de quien tiene libre el tiempo, el pensamiento y la palabra, no he podido sino acudir sin demora al requerimiento de Javier García Antón, uno de esos locos, el más loco de los cuerdos, que hoy inician esa senda de libertad informativa, que confío y espero tenga el éxito empresarial que el objetivo marcado merece.

El Gobierno de España, al amparo de la guerra ruso-ucraniana y mediante un nuevo Real Decreto-ley 9/2022, de 26 de abril pasado, de conformidad con las normas recogidas en el Reglamento de la Unión Europea, modifica la legislación española y en concreto el último párrafo del artículo 20 de la Ley Hipotecaria, que dice: “No podrá tomarse anotación de demanda, embargo o prohibición de disponer, ni cualquier otra prevista en la ley, si el titular registral es persona distinta de aquella contra la cual se ha dirigido el procedimiento. En los procedimientos criminales y en los de decomiso podrá tomarse anotación de embargo preventivo o de prohibición de disponer de los bienes, como medida cautelar, cuando a juicio del juez o tribunal existan indicios racionales de que el verdadero titular de ellos es el encausado, haciéndolo constar así en el mandamiento”, y al objeto de “establecer una nueva regla especial que vaya más allá de los casos previstos actualmente en dicho artículo”, dispone:

Para practicar la nota marginal prevista en la normativa por la que se crea el Órgano Centralizado de Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, en caso de que la finca, el bien o el derecho esté inscrito a favor de persona distinta de aquella que aparece en las listas elaboradas al amparo del Reglamento de la Unión Europea…, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania, y sus posibles modificaciones, deberá constar informe previo en el que se exprese que existen indicios racionales de que el verdadero titular de dichas fincas, bienes o derechos es el que aparece en las citadas listas.

Dicho informe será elaborado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en aplicación de la normativa de la Unión Europea a que se refiere el párrafo anterior, y comunicado al Órgano Centralizado de Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles que lo notificará al registrador competente para practicar la nota al margen de la inscripción de la prohibición de disponer. Cualquier órgano o autoridad que tuviera conocimiento de la existencia de los indicios mencionados, estará obligada a ponerlo en conocimiento del citado Órgano Centralizado, a los efectos previstos en este artículo.

Para practicar la nota marginal no será necesario acreditar que se ha notificado con carácter previo a los titulares registrales. La notificación se realizará el mismo día, una vez practicada, para que puedan realizar las impugnaciones que estimen oportunas.

La vigencia de la nota marginal será la señalada para la correspondiente medida en la resolución o acuerdo en virtud de la cual se haya practicado y, en defecto de plazo, su duración será indeterminada, cancelándose, en todo caso, cuando el nombre del verdadero titular desaparezca de las listas dictadas al amparo de la legislación europea por la que se aprueban e imponen sanciones financieras internacionales.

No voy a entrar en su posible o no inconstitucionalidad e indefensión del embargado, que queda al arbitrio de los poderes gubernativos, postergando al poder judicial y horadando, una vez más, ese pilar básico de cualquier democracia. Pero qué bien hubiera quedado si esa medida se hubiera ampliado a todos aquellos contribuyentes españoles que mantienen un ritmo de vida sin restricciones de ningún tipo y son insolventes fiscales y jurídicos cuando llega el momento de hacer frente a sus compromisos de pago con Hacienda o con terceras personas; o de presuntas propiedades en el extranjero a nombre de terceros, interpuestos, testaferros e incluso inmatriculados, en la mayoría de casos con un valor de mercado muy superior al que se podría deducir de sus ingresos conocidos o declarados al erario español.

Nos la cogemos con papel de fumar con el tema de Ucrania, que sí, que está muy bien, y nos olvidamos de que la caridad empieza por uno mismo, no vaya a ser que nos pillemos los dedos, carne de nuestra propia carne, lo que se corresponde con la picaresca española de “ver la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio”.

De quienes no se olvida Hacienda es de los pequeños comerciantes, porque tiene previsto, en preparación muy avanzada, a semejanza de lo que ya está haciendo el Gobierno Vasco, controlar la facturación de todos los negocios de servicio rápido, de venta inmediata, al por menor, de pequeños negocios, comercios y autónomos, mediante un sistema en el que sea el propio establecimiento el que emita una factura reducida de cualquier venta que se produzca, mediante un terminal conectado a Hacienda en tiempo real, con un código QR incorporado.

Hacienda podría comprobar en tiempo real o solicitar los registros de venta cuando lo considerara necesario, y el consumidor tendría la posibilidad de hacer un seguimiento mediante el código QR sobre si su compra ha sido registrada y declarada por el vendedor. El ciclo sería completo, cerrando la posibilidad de generar dinero negro que con demasiada frecuencia produce -yo debo estar equivocado pues todos los que tienen este tipo de negocios lo niegan-, al estar involucrados proveedores, clientes, empleados y titulares.

Esta modificación sería, será, una macro revolución en la contabilidad y devengo de impuestos en estos sectores que, como claman a todo aquel que lo pone en duda, no tienen nada que ocultar y actualmente declaran la totalidad de sus ingresos y pagos del flujo de sus negocios, por lo que es de esperar colaboren activamente en la puesta en funcionamiento de este sistema.

Yo, tras muchos años de haber trabajado en todos los puestos, funciones y rangos en el escalafón de una entidad bancaria, soy de los que pone en duda esa pulcritud fiscal, al igual que afirmo existen las sociedades interpuestas, testaferros y signos de riqueza externa de los que hablábamos en párrafos anteriores.

Inicialmente costará adiestrar al personal en su uso y que fuentes ajenas a Hacienda estiman que mejorar por su cuenta la rapidez del software que se les va a facilitar podría ascender hasta los mil euros y sobre cuya inversión estimo que el Estado debería compensarles fiscalmente en los cuatro siguientes años de actividad a su implantación, como ocurre con la compensación interanual de pérdidas de ejercicios anteriores.

Reafirmándome en lo dicho hasta aquí, y estando de acuerdo con que “Hacienda somos todos”, se verá si el actual Gobierno es buen administrador si tiene arrestos para poner en funcionamiento esta medida con anterioridad a las próximas elecciones generales, si mantiene su propia norma de revalorización de las pensiones sin subir más los impuestos y, sobre todo, si se aplica con el mismo afán a recortar gastos improductivos, se convence que España no puede pagar y mantener de por vida a nadie que no aporte nada a la comunidad, que no puede trasvasar el dinero de quien se esfuerza a quien no lo hace, que no puede mantenerse en el poder indefinidamente mediante el voto cautivo de mantenidos por soberanía, religión o holgazanería, porque “no hay mayor tirano que un pobre hecho amo”, y porque esta nación necesita el concurso de todos, a aportar trabajo, esfuerzo e impuestos, y a repartir en función de ello porque, nunca mejor dicho, “lo regalado, ni agradecido ni pagado”.

¡Ah!, y de la oposición política, silencio de agenda garbancera y pote gallego, que es suficiente con llevar el pin 2030, seguir pagando chiringuitos feministas, ecolojetas, falsas peonadas, inmigración descontrolada e inseguridad en las calles para ganar las elecciones en Andalucía, sin que nadie diga nada de cambiar ninguna ley de las que lesionan a sus teóricos votantes ni de recortar gastos. Tan “buenismos” somos todos que ya veremos cómo acabamos.

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