Aragón se ha convertido en la primera Comunidad autónoma en regular las actividades extraescolares y los viajes de estudios con los objetivos marcados por el Departamento de Educación, Ciencia y Universidades del Gobierno de Aragón: establecer criterios comunes y reforzar la seguridad jurídica de docentes, alumnos y familias:
La orden por la que se regulan las actividades complementarias, extraescolares y salidas educativas fuera del recinto escolar, demandada por la comunidad educativa, busca proporcionar seguridad jurídica y homogeneizar los criterios de supervisión en todos los centros públicos de la Comunidad Autónoma y entrará en vigor una vez se publique en el Boletín Oficial de Aragón este martes 25 de agosto, con lo que Aragón será pionera a nivel nacional.
La orden se ha estructurado para actuar como un instrumento de dirección y coordinación administrativa y el punto de partida se mantiene respecto a cursos anteriores: las actividades extraescolares deben estar integradas en la Programación General Anual (PGA) del centro, contar con la autorización del Consejo Escolar y han de acompañarse de una planificación que valore riesgos y prevea medidas ante incidencias.
El texto ratifica el carácter voluntario de la participación del alumnado y del profesorado, si bien en el caso de las actividades complementarias –completan el currículo y son dispuestas por los distintos departamentos– sí adquiere un carácter de obligatoriedad. Como novedad, se dispone un descanso mínimo de 12 horas para el docente tras regresar de una actividad antes de reincorporarse a su puesto de trabajo.
La normativa impulsada por el Gobierno de Aragón respeta la autonomía pedagógica y desarrolla las directrices de gestión de los centros y la documentación para trabajar la planificación y ejecución de estas actividades en 8 anexos:
- Criterios para la planificación, organización, supervisión y acompañamiento de las salidas, viajes y excursiones.
- Modelo de compromiso de aceptación de las normas de conducta y convivencia en el que se hace referencia a los períodos de descanso nocturno.
- Modelo orientativo de información a las familias y autorización para la participación en las actividades y salidas.
- Modelo de valoración individual y las indicaciones para realizar un plan de organización, protección y seguimiento para alumnado con necesidades específicas.
- Documento de conocimiento y consentimiento informado para familias de esos alumnos que necesitan del mencionado plan específico.
- Modelo de protocolo operativo para la organización, supervisión y actuación ante incidencias.
- Orientaciones sobre el uso de coberturas y medidas de protección asociados a la Tarjeta Sanitaria Europea, el Carné Joven y los seguros de accidentes y viajes.
- Indicaciones sobre la cobertura de responsabilidad civil en el desarrollo de las extraescolares: queda garantizado que el personal docente actúa bajo la cobertura de responsabilidad civil de la Administración y se reserva la responsabilidad personal sólo para casos de dolo, culpa o negligencia grave.
El ámbito de aplicación se circunscribe a los centros públicos de Aragón, si bien los centros concertados y privados pueden tomar como guía o referencia los criterios, orientaciones y modelos, siempre que sean compatibles con la normativa específica que les afecta y con su propia autonomía y gestión.
RATIOS DE ACOMPAÑAMIENMTO
Por norma general, todas las actividades deberán contar con un mínimo de dos docentes responsables y con ese punto de partida la orden propone ratios orientativas para garantizar la seguridad.
En Educación Infantil se fija un responsable por cada 15 alumnos; en Educación Primaria, un docente por cada 23 alumnos; en Secundaria, Bachillerato y FP, un responsable por cada 30 alumnos y en Educación Especial, uno por cada 3 alumnos. El criterio es flexible, de modo que el centro podrá incrementar el número de docentes basándose en la valoración individual del alumnado y la complejidad de la actividad.
La normativa garantiza que todo el alumnado de los centros públicos de Aragón, independientemente de sus necesidades, pueda participar en salidas y viajes de forma segura y con la atención adecuada. Para que ningún alumno quede excluido y se propicie un entorno educativo inclusivo fuera del aula, los centros deberán realizar valoraciones individuales a estudiantes con necesidades específicas y adoptar medidas de refuerzo o adaptaciones organizativas que permitan su participación en las actividades extraescolares en condiciones de equidad.
La dirección del centro podrá colaborar con profesionales del ámbito sanitario, psicopedagógico o social y se coordinará estrechamente con las familias para elaborar un plan específico de organización, protección y seguimiento con posibles adaptaciones de accesibilidad y organizativas en los desplazamientos y alojamientos, el refuerzo de la supervisión y acompañamiento durante el desarrollo de la actividad. También se contempla la posibilidad de que, con la conformidad de la familia, algún representante legal acompañe al alumno para facilitar su participación.
Sólo en casos excepcionales, cuando tras realizar esa valoración no resulte posible garantizar la seguridad mediante medidas organizativas razonables, el equipo directivo del centro podrá acordar la no participación del alumno, habiendo detallado los motivos y buscando en toda circunstancia la solución menos restrictiva para sus derechos.
DIALOGADA Y ABIERTA
El proceso para elaborar estas instrucciones de carácter transitorio arrancó a principios de junio, liderado por el Gobierno de Aragón y coordinado por la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación, que solicitó aportaciones a toda la comunidad educativa.
Se celebraron sucesivas reuniones con las organizaciones sindicales; con Fapar, la federación de Ampas de la escuela pública aragonesa, y con la Asociación de Equipos Directivos de Infantil y Primaria de Aragón (Aedipa) y la Asociación de Directores y Directoras de Institutos de Educación Secundaria de Aragón (Adiaragón). También han participado en la elaboración de esta orden los Servicios Provinciales de Educación e Inspección Educativa.
Se mantuvieron reuniones con cada uno de los colectivos para explicar el espíritu de la norma y resolver dudas sobre su articulado, con la excepción del sindicato CGT, que decidió no participar en esta ronda de contactos. El proceso ha cristalizado este agosto tras recibir una segunda tanda de propuestas por parte de AEDIPA, CCOO, UGT y STEA, parte de las cuales se han incorporado a la norma.
- En el caso de la asociación de directores de Infantil y Primaria, se ha atendido su solicitud de clarificar la normativa con un lenguaje imperativo que dote de mayor seguridad al profesorado al aplicar las pautas de la orden. Se han incorporado modelos documentales para reducir la carga burocrática, incluidos en los correspondientes anexos, y se ha incluido la formación en primeros auxilios para los docentes participantes.
- El sindicato CCOO ha visto incluido expresamente el deber de las familias de facilitar información personal y sanitaria necesaria para la seguridad del alumno cuando participe en estas actividades y se han ampliado las causas de regreso anticipado ante situaciones sobrevenidas, como problemas con documentación o controles fronterizos.
- El sindicato UGT propuso una referencia expresa a la Ley de Autoridad del Profesorado, que reconoce la presunción de veracidad de los docentes, y también convertir en obligatorio el denominado compromiso de convivencia ante actividades con pernocta o viajes internacionales: ante un incumplimiento grave de las normas de conducta se puede decidir el regreso anticipado del alumno y los gastos extraordinarios que se puedan derivar correrán a cargo de las familias, salvo que proceda su cobertura por un seguro.
- En cuanto a las propuestas de STEA, se ha reforzado el protocolo de regreso anticipado en casos de mala conducta y/o por causas sobrevenidas no imputables a la conducta del alumnado, y se contemplan soluciones flexibles para que el acompañamiento del alumno expulsado no comprometa la ratio de seguridad del resto del grupo que continúa la actividad. También se ha enfatizado la obligación de transparencia informativa a las familias.
Las aportaciones de sindicatos y entidades han propiciado varias modificaciones y precisiones en la redacción del texto, asegura la Consejería, si bien en otros supuestos se ha decidido mantener la solución inicialmente prevista o bien incorporar alternativas que permitan preservar la coherencia sistemática de la norma, su seguridad jurídica y la necesaria autonomía organizativa de los centros educativos.
PARA ESTE CURSO
Esta orden transitoria entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de Aragón este martes 25 de agosto y busca dotar desde este curso 2026/27 al profesorado y a los equipos directivos de pautas claras para actuar con seguridad y desde la homogeneidad.
Permanecerá vigente hasta que a lo largo de 2027 se desarrolle y apruebe una orden de carácter regulatorio con el consiguiente procedimiento administrativo, que va desde la firma de la orden de inicio por parte de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades hasta su publicación en el BOA, y que engloba trámites de consulta, participación, audiencia e información pública; informes del Consejo Escolar y el Consejo Consultivo, etc.
La orden provee de un marco común de actuación inmediato puesto que, hasta ahora, no existía una regulación homogénea que delimitara conceptualmente actividades fuera del recinto escolar o estableciera criterios comunes. Su aplicación este curso servirá además como instrumento de aprendizaje, ya que la experiencia que comuniquen al respecto desde la comunidad educativa permitirá valorar con conocimiento de causa qué cuestiones pueden matizarse, añadirse o valorarse en esa regulación posterior definitiva en el medio plazo.