El Gobierno de Aragón ha solicitado esta mañana la ejecución forzosa de la sentencia del Tribunal Supremo que determinaba la obligación de devolver las pinturas murales de la Sala Capitular del Monasterio de Sijena desarraigadas en 1936.
Constituye la respuesta a las posturas del Museo Nacional de Arte de Cataluña y de la Generalitat que aseguran, boca pequeña mediante, acatar el fallo del tribunal y paralelamente expresan la inconveniencia de ejecutarlo por el supuesto quebranto que pudiera suponer para su integridad. Posiciones respaldadas, en clave nacionalista, por distintos lobbys de profesionales.
El Gobierno de Aragón ha presentado este viernes en el Juzgado civil de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huesca la petición de ejecución forzosa tras finalizar el plazo de entrega voluntaria en el que el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) debía proceder a devolver los bienes. Reclama el ejecutivo que el retorno sea lo más rápido posible.
La sentencia del Tribunal Supremo 824/2025, de 27 de mayo de 2025, ratifica la sentencia 174/2020 dictada por la Audiencia Provincial de Huesca que, a su vez, confirmaba la sentencia 51/2026 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huesca. En los tres casos, se determina la obligación de que el MNAC restituya al Monasterio de Sijena los 35 fragmentos de pinturas murales de la Sala Capitular y los 8 fragmentos de pinturas profanas, un total de 43 fragmentos que el museo catalán exhibe en sus salas 16 y 17.
El Gobierno aragonés ha presentado al Juzgado un informe sobre la idoneidad de las actuales condiciones estructurales y medioambientales de la Sala Capitular del Monasterio para la restitución de las obras a su lugar de origen.
Ha adjuntado igualmente un cronograma estimativo de 7 meses de tareas a realizar por parte del MNAC para dar cumplimiento de la sentencia, que contempla varias fases de documentación previa y ensayos de procedimiento; redacción de los proyectos de desmontaje, embalaje y traslado; licitaciones de los servicios; y ejecución de los proyectos de desmontaje, embalaje y traslado.
Se pide al MNAC que permita de manera inmediata el acceso de los técnicos aragoneses a las salas 16 y 17 del museo, durante todo el tiempo que requieran y con todos los medios auxiliares que determinen necesarios, con ambas salas cerradas al público.
Se considera este acceso al espacio y a la documentación absolutamente imprescindible para que el Gobierno de Aragón pueda planificar la recepción de las obras con totales garantías de conservación y seguridad.
El ejecutivo advierte de imposición de multas pecunarias a razón de 5.000 euros al día al MNAC por el incumplimiento
También se considera imprescindible tener acceso a los datos sobre las condiciones medioambientales, de temperatura y humedad relativa, de estas salas y de las salas donde los fragmentos han estado expuestos con anterioridad desde su ingreso en el MNAC.
Se pide que dentro de los trabajos de documentación y toma de datos que los técnicos del Gobierno de Aragón tienen que realizar en esas salas cerradas del MNAC, se permita como primera actuación ineludible llevar a cabo un levantamiento fotogramétrico de ambas salas con todos sus fragmentos expuestos.
Por último, se solicita la imposición de multas pecunarias a razón de 5.000 euros al día al ejecutado, al MNAC, en caso de incumplimiento de los hitos semanales fijados en el cronograma que se ha adjuntado al Juzgado, así como la advertencia al ejecutado de la comisión de un delito de desobediencia a la autoridad judicial por parte del director del MNAC y el presidente de su Patronato en caso de incumplimiento.