El letrado de la empleada pública cuya plaza fue amortizada por la Comarca del Sobrarbe ha reclamado a la Administración Central del Estado y el Gobierno de Aragón el “control de la legalidad de los actos llevados a cabo por los responsables políticos” de la citada entidad en relación a la eficacia del despido declarado improcedente por el Juzgado de lo Social como por el abono de más de 125.000 euros en concepto de indemnización, ya que “los mismos se habrían ejecutado sin acuerdo del órgano competente de la Comarca, sin dotación presupuestaria y con “abundantes irregularidades en los expedientes presupuestarios que “supuestamente la justificaban”.
Igualmente, se exige el control de la legalidad de las actuaciones administrativas en el origen del conflicto con la trabajadora, “como son las frustradas aspiraciones del Presidente de la Comarca de ser reconocido como “bombero comarcal” profesional y la posterior transferencia de su puesto, “de dudosa legalidad”, al Servicio de Extinción de Incendios de la Diputación Provincial de Huesca, para el desempeño como “bombero funcionario que le fue negado expresamente en sentencia judicial firme, pero que ha logrado tras promover la amortización de la plaza de esta empleada pública, a la que responsabilizó de su revés judicial”.
El abogado de la gerente de la comarca y del Geoparque del Sobrarbe, miembro del Consejo de Geoparques de la Unesco y de la Asociación de Entidades Locales del Pirineo Aragonés (Adelpa) indica que “la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón fueron conocedores desde un primer momento de los acuerdos ilegales adoptados por la Comarca de Sobrarbe (en los términos que ha quedado acreditado judicialmente). Estos acuerdos y actuaciones supusieron, primero, la amortización del puesto de trabajo y luego el despido de la trabajadora, por cuanto le fueron notificadas esas circunstancias por mi representada desde un primer momento, sin que, lamentablemente y quizá por afinidad política de los implicados se llevara a cabo actuación legal alguna en los términos que exige la legislación de régimen local”. Concluye que, “ahora que existe sentencia judicial que acredita las ilegalidades cometidas desde el inicio, un acta de inspección que prueba el acoso laboral sufrido, y un expediente sancionador de la Agencia Española de Protección de Datos por vulneración de los derechos de la trabajadora, es de esperar que se lleve a cabo un estricto control de legalidad de los actos para la efectividad de la sentencia, advertidas las irregularidades denunciadas en relación a la tramitación de los expedientes para el acuerdo y el pago de la indemnización: llevados a cabo sin consignación presupuestaria para ello por quien no es el competente para la disposición de fondos”.
Siguen en tramitación en el Juzgado de Boltaña las diligencias por presuntos delitos de prevaricación y malversación de fondos en las que “constan como investigados el Presidente y la Vicepresidenta de la Comarca de Sobrarbe, en relación al acuerdo inicial de amortización de la plaza de la gerente comarcal”.
El Departamento de Economía, Planificación y Empleo del Gobierno de Aragón acaba de denegar a la representación de la trabajadora pública afectada, el acceso al expediente sancionador que tramita sobre el acta de Inspección de Trabajo de Huesca que “decretaba la existencia de acoso laboral a esta trabajadora por parte de los investigados en las Diligencias penales citados”. La solicitud obedecía a que las propias Diligencias Penales reflejaban que los investigados “tenían un conflicto de intereses declarado ante el Consejo Comarcal en cuanto a lo referente a esta trabajadora y estaban señalados como responsables directos del acoso laboral a la misma en el Acta de Inspección de Trabajo”, y sin embargo habían accedido al expediente cuya información utilizaban.
La resolución de la consejera de Economía del Gobierno de Aragón ha sorprendido al abogado Sergio Clavero. “A la Administración se le llena la boca hablando de la necesidad de denunciar el acoso laboral y no soportarlo en silencio, promueve campañas en ese sentido, y cuando el acoso laboral tiene lugar en el seno de una Administración Pública, la acosada es una mujer, y los señalados como responsables son políticos, la cosa cambia”.
Recuerda que la sentencia del Orden Social que condena a la Comarca por el despido improcedente a esta empleada fija declara que la cobertura de su plaza se llevó a cabo con arreglo a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, declarando que las causas legales organizativas alegadas por la Comarca para eliminar su plaza no existían, y que esta amortización se debía a motivos de otro tipo, “incluso de índole política”.
La resolución de la consejera evita cuidadosamente pronunciarse sobre una de las principales cuestiones a dirimir: “La intervención directa del Presidente de la Comarca en este procedimiento sancionador por acoso laboral, en el cual estaba señalado como uno de los responsables del acoso, teniendo un conflicto de intereses declarado ante el Consejo Comarcal y el Secretario de la Comarca, en relación a esta trabajadora”.
El propio presidente apoderó a un abogado elegido por él para la preparación y presentación de las alegaciones en el expediente sancionador por acoso laboral ante la DGA, señala Clavero. “Intervino en su preparación directamente pese a dicho conflicto de intereses y pese a estar señalado como presunto responsable del acoso, facultando al apoderado para todo tipo de actuaciones competencia de la Presidencia y del Consejo Comarcal y por lo tanto indelegables en un tercero ajeno a la Comarca, bajo un apoderamiento que se considera ilegal dando lugar a una posible suplantación de funciones públicas”.
Según el letrado, “el contenido de las alegaciones estaría plagado de manifestaciones injuriosas y calumniosas hacia la empleada comarcal y hacia la Inspectora de Trabajo que acreditó la existencia de acoso laboral”. “Las alegaciones llegan a acusar a la Inspectora de Trabajo de tener una relación de amistad con la trabajadora acosada, una imputación muy grave, pues se está acusando a esta funcionaria y a mi representada como empleada pública, de prevaricación.” Estas manifestaciones se han puesto también en conocimiento de las Diligencias penales 75/2020.
En resumen, señala el representante de la trabajadora acosada, “con un Acta de Inspección de Trabajo de 100 folios con contundentes pruebas documentales e incluso grabaciones sobre el acoso laboral sufrido por esta empleada pública de la Comarca de Sobrarbe, con un accidente de trabajo por acoso laboral reconocido por el INSS, y con la intervención directa indebida de los políticos señalados por el acoso laboral en los expedientes que les afectan, las Administraciones Públicas implicadas se ponen de perfil, posiblemente porque los señalados no son ciudadanos de la calle, sino representantes políticos”.
“La aparición de informaciones en los medios de comunicación sobre estas cuestiones no está siendo del agrado de los políticos investigados, como ha sido puesto de manifiesto en sede judicial, como si la información sobre lo que está sucediendo con esta empleada pública fuera un problema en una sociedad democrática como la nuestra”, concluye Sergio Clavero.