La Generalitat de Catalunya ha presentado una reclamación extrajudicial frente al Gobierno de Aragón en la que solicita más de 790.000 euros vinculados a las antiguas compraventas de obras del monasterio de Sijena y a los gastos de conservación asumidos durante décadas por el Museo de Lleida. Así lo ha anunciado en rueda de prensa la vicepresidenta del Ejecutivo aragonés y consejera del Departamento de Cultura, Mar Vaquero, tras la celebración de un Consejo de Gobierno extraordinario.
Vaquero ha cargado duramente contra la reclamación presentada por la Generalitat y ha asegurado que el Ejecutivo autonómico no entrará en la negociación planteada por Cataluña. La dirigente aragonesa ha calificado la iniciativa de “ataque” al patrimonio aragonés y de “provocación” política impulsada por los socios independentistas del presidente de esa Comunidad, Salvador Illa.
La vicepresidenta ha sostenido que la reclamación “carece absolutamente de razón y de sentido” y ha considerado que responde a la intención de mantener “avivado” un conflicto político sobre una cuestión que, a su juicio, ya fue resuelta judicialmente. “No vamos a responder a esa provocación”, ha afirmado la consejera durante la rueda de prensa.
Asimismo, ha insistido en que las compraventas anuladas fueron acuerdos entre la Orden Sanjuanista y la Generalitat en los que el Gobierno de Aragón “no intervino” y ha recalcado que los bienes “no son titularidad” del Ejecutivo autonómico. También ha cuestionado que Cataluña reclame ahora gastos de conservación de unas piezas que, según ha señalado, permanecieron expuestas durante décadas en museos catalanes y constituyeron “un gran atractivo museístico”.
“Han estado disfrutando de la exposición de estos bienes y ahora nos reclaman los gastos de conservación. No se puede ser más peregrino”, ha manifestado Vaquero, quien ha defendido que Aragón seguirá protegiendo “sin fisuras” su patrimonio histórico y cultural.
La consejera ha reiterado que el Gobierno de Aragón no participará en el proceso de diálogo planteado por la Generalitat dentro del plazo de diez días incluido en la reclamación extrajudicial. “Siempre estamos dispuestos al consenso cuando existe un conflicto real que resolver, pero aquí no hay diálogo posible porque es un ataque unilateral”, ha afirmado.
Vaquero también ha explicado que ya ha mantenido conversaciones con el abogado Jorge Español, vinculado históricamente a la defensa judicial de los bienes de Sijena, para coordinar la respuesta frente a esta nueva ofensiva jurídica y política de la Generalitat.
LA RECLAMACIÓN
El documento plantea formalmente la devolución de las cantidades abonadas en los contratos firmados durante los años 80 y 90 para adquirir distintas piezas artísticas procedentes del monasterio oscense, cuya nulidad fue posteriormente declarada por los tribunales.
La reclamación se fundamenta en el principio jurídico de “recíproca restitución de prestaciones”, recogido en el artículo 1303 del Código Civil, que establece que cuando un contrato queda anulado ambas partes deben devolverse mutuamente aquello que recibieron.
En este caso, la Generalitat considera que la nulidad de las compraventas implica también la devolución de las cantidades económicas abonadas originalmente por las piezas.
El escrito recuerda que entre 1983 y 1992 el Departamento de Cultura catalán formalizó distintos contratos de adquisición de un total de 56 obras procedentes del monasterio de Sijena.
Según detalla el documento, uno de los contratos, firmado en enero de 1983, ascendió a 10 millones de pesetas, mientras que otro acuerdo formalizado en diciembre de 1992 supuso un pago de 25 millones de pesetas.
La Generalitat actualiza ahora esas cifras aplicando el Índice de Precios al Consumo (IPC) para trasladar el valor económico de aquellas cantidades al momento actual.
Tras esa actualización, la administración catalana calcula que el contrato de 1983 equivaldría hoy a 218.227,50 euros, mientras que el de 1992 alcanzaría los 202.090,32 euros.
En conjunto, la reclamación por las compraventas anuladas asciende a 420.317,82 euros.
El documento incorpora además una segunda reclamación económica vinculada a los gastos de conservación, mantenimiento y preservación de las obras asumidos por el Museo de Lleida entre los años 1999 y 2016.
La Generalitat sostiene que durante ese periodo el museo desarrolló labores de custodia, restauración, estudio y protección de las piezas con recursos públicos propios.
Inicialmente, esos costes se cifran en 358.435,62 euros, aunque nuevamente la administración catalana actualiza la cantidad aplicando el IPC acumulado hasta la actualidad.
Tras esa revisión económica, la reclamación por conservación asciende a 370.801,65 euros. La suma de ambas cantidades sitúa la reclamación total por encima de los 790.000 euros.
La Generalitat argumenta además que no reconocer esos gastos supondría un “enriquecimiento injusto” para la parte aragonesa, ya que las obras fueron conservadas y mantenidas durante décadas mediante financiación pública catalana.
El escrito subraya igualmente que el Museo de Lleida actuó conforme a sus funciones institucionales de conservación y difusión patrimonial, desarrollando tareas técnicas y museísticas sobre las piezas.
NEGOCIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Otro de los aspectos destacados del documento es que la Generalitat no plantea todavía una nueva demanda judicial inmediata. La administración catalana abre primero una vía de negociación extrajudicial con el Ejecutivo aragonés.
Para ello, concede un plazo inicial de diez días para que ambas partes manifiesten formalmente su voluntad de negociar una posible solución amistosa.
En caso de no alcanzarse un acuerdo, el texto advierte de que tanto la Generalitat como el Consorcio del Museo de Lleida se reservan la posibilidad de emprender nuevas acciones legales para reclamar estas cantidades.
La reclamación incorpora además la actualización económica detallada de cada una de las partidas, incluyendo los cálculos de inflación acumulada aplicados sobre los importes originales de los contratos y sobre los gastos de conservación asumidos durante años.
El documento sostiene finalmente que la restitución económica reclamada deriva directamente de la nulidad de los contratos y de la obligación legal de restablecer el equilibrio patrimonial entre ambas partes tras la anulación judicial de aquellas operaciones.