La Sociedad Deportiva Huesca ha demandado a Manuel Torres Guillaumet, antiguo consejero delegado y presidente, para "obtener el resarcimioento del grave daño que ha sufrido como consecuencia de la conducta" en dos ámbitos, el de sus retribuciones y la "negligencia" en la gestión de la resolución del contrato de alquiler en la Avenida Pirineos.
Ha requerido en su demanda ante la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Huesca una cantidad de 933.220 euros en ambos conceptos. Afirma la demanda que "el Sr. Torres ha incurrido en prácticas contrarias a los deberes de diligencia y lealtad que debe observar todo miembro de un órgano de administración, que han supuesto una pérdida cuantiosa relevante para nuestra representada".
"Desde su nombramiento como Consejero Delegado el 12 de junio de 2019 hasta su salida el 13 de junio de 2023, obtuvo ilícitamente percepciones indebidas en concepto de retribuciones fijas, primas, bonus e indemnizaciones como consejero. Dichas percepciones carecían de la debida cobertura estatutaria, pues los estatutos, en su artículo 29, establecían la gratuidad del cargo (a excepción de dietas), y no contaban con el preceptivo acuerdo de la Junta General. Ello supone una infracción de los deberes de diligencia y lealtad que resultan exigibles al consejero y un enriquecimiento sin causa a costa del correlativo empobrecimiento del Club".
"Una infracción de los deberes de diligencia y lealtad que resultan exigibles al consejero y un enriquecimiento sin causa a costa del correlativo empobrecimiento del Club"
La demanda recuerda su condición de abogado de la Sociedad hasta su nombramiento como consejero delegado, "continuando con dicha función su socio de despacho, por lo que resulta inverosímil que no pudiese conocer la improcedencia de su retribución, cuestión en la que abundaremos en este escrito de demanda".
PIRINEOS
El segundo eje de la demanda incide en la "manifiesta negligencia en la gestión de la extinción del contrato de arrendamiento de dos locales (uno destinado a oficinas y otro a la tienda del Club)".
Recuerda la historia que descubrió EL DIARIO DE HUESCA tras el final de la utilización del local en agdosto de 2020 y la tienda desde noviembre del mismo año. Aduce que Manuel Torres, "prescindiendo de las más elementales cautelas contractuales, no realizó las actuaciones necesarias para la devolución formal de la posesión de los inmuebles, que permanecieron vacíos durante años. Esta omisión provocó que la SD Huesca tuviera que hacer frente al pago de las rentas y los gastos judiciales de un local totalmente inútil para el Club, generando un grave perjuicio económico que era perfectamente evitable".
INTENTO DE UNA SOLUCIÓN AMISTOSA
Recuerda la demanda que el Consejo de Administración intentó "sin éxito una solución amistosa" a través de la negociación entre las partes y sus letrados, posteriormente mediante la tramitación oficial del Medio Adecuado para la Solución de Conflictos.
En la demanda, se rememoran ls funciones de Manuel Torres entre 2014 y 2023 como consejero, consejero delegado y presidente del club, por los que percibió 1.152.187 euros desde 2019 hasta su salida en 2023.
Manuel Torres percibió entre 2019 y 2023 1.152.187 euros
El escrito ante el juzgado alude a su entrada en el consejo en 2013 y su reafirmación en 2014, 1017 y 2018.
Un momento crucial es la salida de Agustín Lasaosa como presidente y cnsejero delegado, por el caso Oikos, por lo que el Consejo de Administración acordó unánimemente desitnar a Torres como su sucesor, a propuesta de José Antonio Martín "Petón". Se le realizó un contrato de alta dirección en una sesión en la que Torres, presente, no se abstuvo. Sería firmado meses después y, según la demanda, no había distinción en las funciones respecto a sus tiempos de consejero. La duración contractual pactada fue de tres años, con 220.000 euros brutos previstos en Primera División con complementos adicionales por permanencia y clasificación para competiciones europeas; y de 170.000 euros en Segunda División con primas ligadas a objetivos deportivos. Se contemplaba un tercer escenario de 90.000 euros en caso de Segunda División B.
Tras casi tres años, se creó la Comisión Ejecutiva que asumía las funciones del consejero delegado y a Torres se le renombró "presidente del Club". Se mantenían las condiciones retributivas previas. Fernando Callizo fue elegido presidente del Consejo de Administración.
Concluyó la relación de Manuel Torres con el club el 13 de junio de 2023 por su renuncia del cargo de consejero y del de Presidente del Club. "Tras la salida del Sr. Torres, las partes acudieron al Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje (SAMA), donde se formalizó un acuerdo de conciliación en cuya virtud se reconoció la improcedencia del mal llamado despido (pese a traer causa en realidad de una renuncia voluntaria) con efectos de 13 de junio de 2023, quedando comprometido el abono de las cantidades detalladas en el acta y su posterior transferencia bancaria. Todo ello a espaldas por completo de la Junta", afirma la demanda.
"CLARO EJERCICIO DE DESLEALTAD"
Agrega el escrito al tribunal que "en este caso se pactó la improcedencia de este impropio despido en el SAMA entre los componentes del Consejo de Administración de ese momento, haciendo, por lo tanto, esta indemnización también es una retribución indebidamente percibida por el Sr. Torres, en un claro ejercicio de deslealtad".
Tras incidir en que esta correlación de hechos incide en la capacidad decisoria de Torres, agrega que "los Estatutos Sociales de la SD Huesca vigentes durante el tiempo en el que el Sr. Torres desempeñó sus sucesivos cargos en el órgano de administración establecían en su artículo 29 que la remuneración de los Consejeros consistiría únicamente en el devengo de dietas por asistencia a reuniones del Consejo, y que dicha remuneración sería fijada por la Junta General para cada ejercicio".
Afirma la demanda que la prohibición no puede soslayarse por el Consejo de Administración. "Ni los Estatutos Sociales ni el Reglamento del Consejo pueden justificar el desarrollo de retribuciones por los Consejeros ni por el Consejero Delegado". La Junta General, agrega, no lo autorizó, pero "el Sr. Torres percibió sustanciales retribuciones, primas, bonus e indemnizaciones en su condición de Consejero, Consejero Delegado y Presidente".
EL DESGLOSE TEMPORADA A TEMPORADA
La demanda desglosa las cantidades percibidas desde la temporada 2018-19 es la siguiente:
- 2018-19: 16.033 euros (por 19 días).
- 2019-20: 169.148.
- 2020-21 (Primera División): 383.910 euros.
- 2021-22 (Segunda): 170.000
- 2022-23 (Segunda): 413l096 euros.
Hay que tener en cuenta que en este último ejercicio percibió la indemnización por el final de la relación contractual, 280.000 euros que se sumaron a la retribución fija..
"Las reclamaciones presentadas en esta demanda se enmarcan bajo un criterio de prudencia, tomando el criterio de prescripción más favorable al demandado", afirma la demanda. Añade que "limitamos la reclamación exclusivamente al daño patrimonial ocasionado a la SD Huesca en los cuatro ejercicios anteriores a la fecha en la que se interrumpió la prescripción de la acción, mediante un requerimiento extrajudicial cursado el 30 de junio de 2025".
El total no prescrito "percibido indebidamente" asciende a 583.096 euros, por estos conceptos retributivos.
EL LOCAL DE PIRINEOS
Se suman a esta cantidad 293.285,30 euros por el asunto del local de Pirineos. "El Sr. Torres ha llevado a cabo una gestión negligente de la extinción de los arrendamientos de los locales de oficinas y tienda, suscritos a través de contratos de 16 de julio de 2018 con Centro Pirineos, S.L., (en adelante, “Cenpir”), puesto que, pese a que el Club dejó de utilizar el local de oficinas desde agosto de 2020, y la tienda desde noviembre de 2020, el Sr. Torres, prescindiendo de toda diligencia, no realizó las actuaciones necesarias para la devolución formal de la posesión de los inmuebles, que permanecieron vacíos durante años, pese a lo cual, por esa pasividad, se devengaron las rentas sin utilidad alguna para la Sociedad por un total de 293.285,30 euros".
Enumera la demanda la solución de juicios desfavorables para la Sociedad Deportiva Huesca frente al arrendador. El perjuicio económico para el Huesca fue de 345.284,38 euros entre el montante adeudado, costas e intereses.
El Huesca recuerda que, "en la junta general extraordinaria de accionistas de la SD Huesca, celebrada el pasado 11 de agosto de 2025, se acordó emprender la acción social de responsabilidad así como cualquier otra acción que sea procedente en derecho, contra el Sr. Torres. Concretamente, en el acta de la junta general se indica que se acordó «a la vista de lo anterior, el Sr. Presidente declara válidamente aprobado el ejercicio frente a D. Manuel Miguel Torres Guillaumet, (…) de una acción social de responsabilidad, previa tramitación de un medio adecuado de solución de controversias»".
LA PETICIÓN AL JUZGADO
La petición al juzgado, después de varias páginas de jurisprudencia y doctrina, contiene una demanda de juicio ordinario, la petición de condena por 933.220,06 euros en concepto de indemnización por daños y perjuicios.
Con carácter subsidiario, pide que declare que Manuel Torres Guillaumet "se ha enriquecido de forma injusta infringiendo su deber de lealtad y, por lo tanto, condene a Manuel Torres Guillaumet a pagar a la Sociedad Deportiva Huesca, S.A.D un importe de 583.096 euros como devolución de dicho enriquecimiento injusto". Y solicita que pague los intereses moratorios.