El abogado Piedrafita pide revocar el auto del Caso Garajes y que el investigado ingrese en prisión provisional

Afirma en un recurso de reforma al Juzgado número 4 que hay concurrencia de riesgos con entidad suficiente como para decretar la medida de cárcel

03 de Junio de 2025
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Cartel en la sede de la empresa del investigado
Cartel en la sede de la empresa del investigado

El abogado Jorge Piedrafita ha formulado un recurso de reforma que pide la revocación del auto del Juzgado de Instrucción número 4 que dejó en libertad provisional con cargos a RPV, investigado dentro del Caso Garajes bajo el tipo legal de "estafa agravada", para que la jueza dicte otro "que acuerde el inmediato ingreso en prisión provisional" del empresario.

El letrado, que representa en la acusación a dos afectados, afirma que el auto "señala en síntesis que no se aprecia la concurrencia de riesgos con entidad suficiente para hacer necesaria la adopción de la prisión provisional sin que la misma pueda ser sustituida por medidas menos gravosas".

Argumenta jurídicamente su petición de revocación sobre la base de varios autos judiciales que la resolución es "escueta, estereotipada y carente de explicación mínima de la ratio deciendi, con los elementos fácticos o jurídicos, que permitan conocer por qué no existe esta concurrencia de circunstancias para la adopción de la prisión provisional y resultan más adecuadas otras medidas máxime cuando el propio auto señala la existencia clara de indicios delictivos que pueden ser constitutivos de delito de estafa, apropiación indebida y administración desleal y que existe indicios de la autoría por parte del acusado. Lo que genera indefensión a esta parte al imposibilitar rebatir los elementos que sustentan la ratio deciendi".

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En tal sentido, agrega el abogado oscense, confluyen los pronunciamientos de resoluciones de la Audiencia Provincial de Murcia, la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo e incluso el Tribunal Constitucional en tres sentencias de 1997, 2010 y 2020.

En el segundo punto, recuerda que el auto alude a las circunstancias del investigado por la ausencia de antecedentes penales y arraigo familiar y personal para explicar las medidas menos gravosas. "Debe discreparse de lo anterior, dado que nos encontramos al inicio de la instrucción, todavía quedan pendientes muchas más diligencias de investigación que se están interesando por las partes siendo especialmente relevante la ya solicitada por las acusaciones sobre la investigación patrimonial y económica de la empresa con la que operaba el investigado, que en la línea de los fuertes indicios la comisión penal de delitos graves" por parte de RPV, por lo que resulta improcedente acordar la libertad provisional".

Enumera, amparándose en la doctrina jurisprudencial menor de distintas audiencias como la de Zaragoza, factores como la gravedad del delito, el riesgo de fuga, el riesgo de reiteración delictiva, el de destrucción de pruebas y el de protección de las víctimas para evitar "su revictimización". Afrma que "los delitos imputados son extremadamente graves y suman una considerable suma de años de prisión, ante dicha gravedad el investigado que goza de medios económicos y de una importante cantidad económica sustraída permite la posibilidad de fugarse a un tercer país con facilidad del que no pueda ser detenido y traído al procedimiento, dada la profesión del investigado es muy probable que vuelva a repetirse la acción delictiva, así como se destruyan pruebas relevantes para la instrucción y de reiteración delictiva". Recuerda que el investigado ha cambiado la cartelería del local y oferta viviendas de Protección Oficial "en un terreno que no es suyo, repitiéndose el mismo modus operandi".

Jorge Piedrafita abunda en la jurisprudencia de sentencias de la propia Audiencia Provincial de Huesca que remarcan el argumento de la peligrosidad de los acusados, el riesgo de obstrucción del proceso penal y la reiteración delictiva. Tienen, añade, "plena traslación a este caso, habida cuenta de que ante delitos inferiores en cantidad y cantidad de pena asociada en circunstancias muy similares, debe adoptarse la medida de prisión provisional con mayor motivo al concurrir todos los motivos, la gravedad de los hechos y los elevados riesgos para las pruebas, víctimas y el procedimiento".

Abundando en la literatura jurídica de varias sentencias, "nos encontramos ante la comisión de varios delitos graves como son la estafa, la apropiación indebida y la administración desleal. Dadas las elevadas penas, y siendo la primera vez que ha sido detenido por la policía y ha pasado una noche en el calabozo, existe un elevado riesgo de sustracción a la justicia, la destrucción de pruebas, atentar contra los bienes de los ciudadanos estafados, así como la evasión del dinero sustraído en el proceso, en el que todavía quedan pendientes muchas diligencias de instrucción y pruebas que se encuentran en claro riesgo con la libertad provisional de cualquier investigado".

Bajo toda esta prolija argumentación, eleva al Juzgado de Instrucción número cuatro que tenga por formulado el Recurso de Reforma para la revocación del auto, "acordando la revocación del auto reseñado, acordando dictar otro en su lugar que acuerde el inmediato ingreso en prisión provisional del investigado".

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